Trámites para reforestar

Tema en 'Repoblaciones forestales y reforestación' comenzado por Quercus 4.0, 26/3/10.

  1. Quercus 4.0

    Quercus 4.0

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    Hola a todos...Me acabo de registrar en este Foro y después de bucearlo un rato he de decir que...ES GENIAL.

    Pero a lo que vamos ;) . Soy uno de los autores de un blog ecologista que forma parte del recién iniciado proyecto "Quercus 4.0". Pues bien, el proyecto consistirá en actuaciones de mejora del medio ambiente, sobre todo plantaciones de reforestación (pinos, robles, encinas..) en el entorno de Becedas, un pueblo de unos 300 habitantes de la provincia de Ávila, cerquita de Salamanca. Tenemos allí (aunque vivimos en Madrid) alguna finca privada por donde empezar a plantar, pero queríamos saber si hace falta algún trámite para hacerlo también en terreno público no urbanizable, en medio del monte, vamos. Porque mucho me temo que habrá mil trabas y no será tan fácil como un "tengo robles, planto robles" =(

    Os cuento que hace años hubo un incendio...y seguimos esperando la reforestación. Por eso queremos dejar de esperar. :happy:

    Un saludo y gracias!!
     
  2. nanosanchez

    nanosanchez

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    Si el terreno es público y no está en zona protegida, yo ni preguntaría, te vas a ahorrar un montón de engorrosos trámites. Eso sí, hacedlo discretamente.

    Creo que sería mejor que preguntaras esto en el hilo de "plantar robles, encinas..." que se ha convertido en el hilo de la reforestación con todo tipo de especies autóctonas.

    Por si no lo has leído, es importante que los árboles que plantéis procedan de la zona.
     
  3. Bienvenido Quercus.
    No creo que haya un "procedimiento" en las instituciones para que un colectivo pueda por su cuenta actuar en terreno público. Normalmente toda actuación tendrá que ser firmada y afirmada por el organimso que le competa..... Por lo que va a estar difícil.

    Yo opino lo mismo que Nano. Estudiando bien el terreno y especies, y planificándolo bien, lo haría por mi cuenta.

    En una primera actuación, recolectar semillas de la zona (o la recogida en viveros forestales). Y abrir hoyos removiendo cuanto más volumen de tierra mejor.

    En la plantación en sí, dejarles unas pocetas bien grandes, exageradamente grandes para el tamaño del plantón (ya crecerá y se le quedará pequeña), cubriendo la superficie con un acolchado de restos vegetales.


    Colocando los plantones en zonas estratégicas, y dejando la suficiente distancia entre árbol y árbol (para que no exista competencia por el agua y nutrientes, que muchas veces se plantan muy juntos), tendrás una plantación asegurada. :5-okey:
     
  4. Quercus 4.0

    Quercus 4.0

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    Antes que nada, PERDÓN. Y GRACIAS por la ayuda!!

    El problema sería que nuestro objetivo es precisamente como grupo, reforestar. Si por hacerlo "entre bastidores" luego no....:-?

    De todas formas sí. Para empezar, el otoño pasado cogimos varios cientos de bellotas de roble que plantamos en macetas y bricks, y ahora están brotando. Estamos sembrando también algún pino. Nos hacen falta algunas bandejas forestales de urgencia, pero no encontramos por Madrid.
    Nuestro máximo conocimiento del tema es un 1º Bachillerato de Ciencias, pero estamos buscando en el pueblo alguien que nos diga "Antes del incendio, aquí y allá había tal y cual árbol". Estamos decididos a hacerlo, con nuestro dinero, no queremos subvenciones xD, pero en fin.

    Efectivamente la zona es pública y no protegida. Me meto en el tema de reforestación que me habéis aconsejado y a ver que sale :happy:
     
  5. jlnadal

    jlnadal tartessio y aprendiz

    *

    Hola,nanosanchez...

    en Castilla y León la Legislación es muy clara y...dura.Y todo está protegido...público y "privado"...

    Prohibida la recolección de frutos,flores y etc...de las especies silvestres.

    Éso para empezar...Las repoblaciones,tienen que estar dirigidas por la Consejería de Medio Ambiente...Yo te aconsejo acercarte a la Consejería de Medio Ambiente y preguntar...os exponéis a que os pille un Celador "puntilloso" y os denuncie y las sanciones son ejemplares...Cuando las aplican lo hacen con todo el rigor...y si no recuerdo mal ...hasta 50.000€.

    Las plantas que se utilizan tienen que haber pasado las cuarentenas pertinentes...por lo menos sobre el papel...

    lee la Legislación y pregunta en la Administración...

    http://www.google.es/url?sa=t&sourc...5LifDQ&usg=AFQjCNHbxYRTd9UQU2z8trHNSiTmvOXGUw


    http://www.tramitacastillayleon.jcy...251181050732/Ayuda012/1268395949113/Propuesta

    Artículo 50. Mantenimiento y restauración del carácter forestal de los terrenos incendiados. Redacción según Ley 10/2006, de 28 de abril.

    1. Las comunidades autónomas deberán garantizar las condiciones para la restauración de los terrenos forestales incendiados, y queda prohibido:

    1.

    El cambio de uso forestal al menos durante 30 años.
    2.

    Toda actividad incompatible con la regeneración de la cubierta vegetal, durante el periodo que determine la legislación autonómica.

    Con carácter singular, las comunidades autónomas podrán acordar excepciones a estas prohibiciones siempre que, con anterioridad al incendio forestal, el cambio de uso estuviera previsto en:

    1.

    Un instrumento de planeamiento previamente aprobado.
    2.

    Un instrumento de planeamiento pendiente de aprobación, si ya hubiera sido objeto de evaluación ambiental favorable o, de no ser esta exigible, si ya hubiera sido sometido al trámite de información pública.
    3.

    Una directriz de política agroforestal que contemple el uso agrario o ganadero extensivo de montes no arbolados con especies autóctonas incultos o en estado de abandono.

    2. El órgano competente de la comunidad autónoma fijará las medidas encaminadas a la retirada de la madera quemada y a la restauración de la cubierta vegetal afectada por los incendios que, en todo caso, incluirán el acotamiento temporal de aquellos aprovechamientos o actividades incompatibles con su regeneración y, en particular, el pastoreo, por un plazo que deberá ser superior a un año, salvo levantamiento del acotado por autorización expresa de dicho órgano.

    3. Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título XVII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, mediante la que se aprueba el Código Penal.


    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l43-2003.html#

    http://www.google.es/url?sa=t&sourc...5LifDQ&usg=AFQjCNH8b6MdInYOSmGSolS4MBt7elZV2Q

    http://www.intercodex.com/LA-LEGISLACION-AMBIENTAL-APLICABLE-EN-CASTILLA-LEON_L9788484423119.html

    Un fuerte abrazo


    Jose Luis



    .
     
  6. Jlnadal, hace poco tiempo me comentaba el que, posiblemente, más entienda de castaños en España, castañicultor como yo, aparte de profesor de universidad, que cada vez que estamos en nuestros sotos de castaños haciendo labores tradicionales, hay al menos 4 ó 5 motivos para que si pasa el Seprona o algún forestal puntilloso como tú dices, nos multen:
    -si estás podando.
    -si estás rozando (quitar malas hierbas), pues seguro que alguna tiene alguna "protección" especial.
    -si estás quemando ramas muertas, labor por cierto muy beneficiosa para el soto, siempre que no se te escape, claro.
    etc, etc...

    Si por "nuestra" Junta de C y L se tratara, haría tiempo que los últimos sotos ded castaño habrían muerto, al no realizar en ellos labores tradicionales, por culpa de que, debido al chancro, todo está prohibido en los sotos...
    Evidentemente no me ha multado nunca ne el Seprona ni ningún forestal puntilloso...
    Si por "nuestra" Junta de C y L se tratara, haría tiempo que muchos bosques seculares estarían convertidos en campos de golf y urbanizaciones de lujo.
    A tomar por C... la JCL.

    Y a reforestar, que ellos no lo van a hacer.
     
  7. MANU_

    MANU_ ecotopia

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    Hola Quercus, bienvenido al foro.

    Creo que hoy existen cientos de opciones si vuestra voluntad es la de reforestar, y me refiero a cientos de opciones "legales". En la mayoría de la CCAA existen mecanismos y programas, bien a través de la propia Comunidad, ayuntamiento, cajas de ahorro o, incluso de la CEE. Es cierto que hay que saber moverse en esos entresijos a veces burocráticos y un tanto farragosos, pero si tenéis claro que queréis hacer, el camino suele estar abierto.

    Una consulta a alguna organización naturalista o ecologista estatal o local os puede facilitar bastante la tarea.

    Un buen método también podría ser implantaros como organización (si es que no lo habéis hecho ya ¿Quercus 4.0?), esto os permitiría firmar Convenios de Colaboración con las Entidades pertinentes. Cuando se habla de subvenciones no hablamos de recibir un dinero a cambio de nada, se trata de gestionar lo que a veces no gestiona nadie, sitios a los que la propia admon. no llega (o no quiere llegar). En otros casos es a la propia admon. a la que le interesa que haya un grupo de gente con mayor sensibilidad que pueda "tirar" de la conciencia ambiental de las gentes del lugar...etc.

    Nosotr@s nos convertimos con el tiempo en una Asociación de Vecinos (vivimos en un entorno de ZEPA) y el resultado despues de unos pocos años es este:

    http://www.adesga.org/

    Reconozco que ya llevamos unos años y hemos "hilado fino" pero los resultados están ahí. Abre, si te interesa, arriba a la izda. ADESGA--proyectos realizados. Ahí verás que durante tres años consecutivos hemos estado repoblando con autóctonas.

    Las posibilidades que genera una idea bastante extendida ya en todas las administraciones, "Custodia del Territorio", sería algo tb a tener muy en cuenta. Creo que tb se explica en el enlace que te dejo.

    Y lo que nos queda.

    Si necesitas alguna indicación más, dilo.
     
  8. jlnadal

    jlnadal tartessio y aprendiz

    *

    betula...

    precisamente por éso ...a mi me libró de la multa del SEPRONA el tener el permiso...
    Permiso que acababa de darme , el celador de Medio Ambiente...o me adivinaron el pensamiento o estaban "a la caza"...
    Cada vez que he ido a hacer algo...han aparecido.
    Con los celadores no tengo problemas...llamo al de mi zona y viene,en el día o quedamos para otro.Visto lo que quiero hacer...me recomienda fecha y expide el escrito...para esa fecha o fechas...
    Se de mucha gente denunciada por no tener el permiso...y siempre en "su finca".Por una zarzamora...300€. y que no te pillen quemando...
    Yo,desde luego...seguiré pidiendo el permiso...no cuesta nada y te evitas problemas.

    Un fuerte abrazo

    Jose Luis


    .
     
  9. Quercus 4.0

    Quercus 4.0

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    Hola a todos, y de nuevo gracias por la ayuda.
    Vaya tela con la JCL, al final sale más rentable quemar un bosque que plantarlo ¬¬

    Manu, no estamos registrados como nada a nivel legal, solo somos un grupo de chavales que lleva ese blog y queremos meter mano a problemas como la deforestación, pero veo yo que así las cosas difícil lo tendremos... Siendo eso, nada más que un blog "ilegal" :eyey: ... ¿podríamos conseguir hacer esto de la replantación "a lo bien", léase acceder a alguno de los programas que comentas? Nos ENCANTARÍA.

    Siendo un pueblo tan pequeño, ¿deberíamos hablar con el Ayto, la Diputación de Ávila o la JCL? Porque a mi padre cuando tiene que quemar algo en sus fincas la JCL le da el permiso en unas dos semanas, y por lo que decís conseguir algo como plantar en suelo público es una hazaña imposible...
    Las bellotas y demás las estamos cogiendo de fincas privadas propiedad nuestra, espero que no haya problema. También podía ;)
     
  10. Coincido en gran medida con lo que opina Betula, yo sigo haciendo las cosas a mi manera y con cuidado, claro que ya me conocen los que vigilan el monte por esta zona.
    Pero para plantaciones con participación de más personas creo que mejor pedir permiso, lleva algo de tiempo el trámite pero merece la pena para evitarse problemas, sobre todo en CyL, donde parece que conchavearse, recalificar y cortar hectáreas de arbolado protegido y con especies en el libro rojo -Las Navas del Marqués- es menos problema que plantar 4 arbolitos.
    Para hacerlo convendría contactar antes con los agentes forestales de la zona, Quercus 4.0, seguro que por allí os conocéis todos y no supondrá mucho problema..., es posible que de esa manera se eviten trámites burocráticos más pesados e incluso "os permitan" plantar de buen rollo sin pepeleo de por medio, u os allanen el trámite diciendoos a quién en concreto habéis de pedir el permiso; si de verdad hay buen rollo incluso ellos mismos pueden hablar con los responsables. En teoría habría que pedir permiso incluso para recolectar la semilla... Yo no lo hago pero estoy considerando el hacerlo para el caso de un par de maíllos enormes que hay a pocos kms y que están registrados como árboles semilleros, aunque en esto hay menos problema porque tampoco se tratade llevarse unas arrobas de semilla, sino unos poco frutos metidos en el bolsillo.

    Si la plantación va a ser en un terreno público de tipo comunal o perteneciente al municipio o al comúan de los vecinos, el trámite podría hacerse ante el propio ayuntamiento que habrái de trasnmitirlo al organismo gestor del monte (que normalmente será la diputación o la consejería de medio ambiente).

    Si al final tenéis que hacer una solicitud, a modo de sugerencia conviene incluir un pequeño plano de la zona (del sigpac o googlemaps, por ejemplo), localización, especies a emplear, procedencia de la semilla y breve descripción del hábitat y justificación de la plantación, todo ello con el aspecto más técnico posible, y mejor si se presenta empleando alguna plataforma asociativa o ciudadana (las reforestaciones populares o como acto de educación ambiental son un derecho de participación de la ciudadanía en el uso de los montes y se contempla en mayor o menor medida en los planes forestales, tanto el nacional como de algunas comunidades, por ejemplo Madrid), o por medio de una entidad de carácter más o menos público (casa de cultura, casa de juventud, club social...).