Proyecto de Ley de Protección de Arbolado Urbano

Tema en 'Varios temas sobre árboles' comenzado por chova., 7/10/05.

  1. chova.

    chova.

    Mensajes:
    49
    EL PROYECTO FACULTA A LOS AYUNTAMIENTOS A SANCIONAR

    El Proyecto de Ley de Protección de Arbolado Urbano aprobado por el Consejo de Gobierno contempla una sanción para estos casos de hasta medio millón de euros por los daños ocasionados.

    El texto normativo remitido a la Asamblea de Madrid responsabiliza a los ayuntamientos de la conservación del arbolado y los faculta para imponer las sanciones que establece esta norma.


    La protección engloba a los ejemplares arbóreos con más de diez años y veinte centímetros de diámetro de tronco a nivel de suelo. Se exceptúa de esta prohibición los árboles que atenten contra la seguridad de personas.

    En caso de obras, el árbol deberá ser trasplantado y, si la tala es la única alternativa, se deberá plantar uno nuevo por cada año de edad del cortado -si se desconoce, se plantarán cincuenta ejemplares por cada uno-.

    Información detallada

    Los ayuntamientos de la región deberán aprobar en el plazo de un año un inventario completo de su arbolado urbano, con información detallada como la edad, número, especies, localización, etc.

    Para la la aprobación de sus planes de conservación de arbolado privado y público, que serán de obligado cumplimiento, dispondrán de un año y medio de plazo. Además, deberán ser revisados en un máximo de cinco años.

    Otras medidas para fomentar la protección del medio ambiente son la obligación de plantar un árbol por cada plaza de estacionamiento en los nuevos aparcamientos de superficie o la dotación de un sistema de riego eficiente en las nuevas plantaciones.

    Los propietarios del arbolado (administraciones, empresas, comunidades, etc.) deberán hacerse cargo de su conservación, mientras que la poda drástica de ejemplares sólo se establece para casos en que las copas disminuyan la luminosidad interior de las viviendas.

    Sanciones

    Las multas por incumplimiento de estas normas oscilan entre los 300 euros y el medio millón que figura para las infracciones muy graves, que afecten a ejemplares protegidos o a talas sin autorización.

    El proyecto de Ley considera infracción grave aquella acción en la vía pública que cause daño al arbolado, así como las podas inadecuadas.

    La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio dispondrá de un registro con las identidades de los infractores que condicionará su participación en procesos de licitación convocados por la Administración Pública.



    --------------------------------------------------------------------------------
    SUBIR

    --------------------------------------------------------------------------------
    Atención al ciudadano >
    Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio >


    --------------------------------------------------------------------------------

    Copyright © Comunidad de Madrid.
    Aviso Legal | Privacidad | Contacto | Accesibilidad
     
  2. ¿Quién multará a los Ayuntamientos que destrozan el arbolado público con podas mal hechas?

    ¡Ay! ¡Que me da la risa! :11risotada:

    - - -

    Chova: que no me río de tí ¡caramba!

    Precisamente en el día de ayer le regalé al Regidor de mi Ayuntamiento que se encarga de las podas del arbolado un libro sobre la poda. "La poda de árboles ornamentales".

    Fuí allí para "implorar" un mejor trato para el arbolado del pueblo. A la reunión también asistió el "encargado" quien no se tomó nada bien mi petición. Estuvo a la defensiva. El Regidor, mientras, contemplaba los toros desde la barrera.

    Me despedí sugiriendo que se miraran el libro.

    - - -

    No anexo fotos de árboles destrozados porque no son ninguna originalidad. Se pueden ver en muchos sitios.