Legalidad en una nueva variedad de una especie.

Tema en 'Varios temas de jardinería y plantas' comenzado por sasilba, 18/9/17.

  1. sasilba

    sasilba

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    Vamos a explicar primero todo y luego os expongo mis dudas.
    Tengo la costumbre de recopilar información hasta en foros extranjeros ya que suelen tener otro tipo de métodos y que si los unes con los de estos foros se obtienen grandes ideas. Pues bien, resulta que leyendo me he topado con :

    (traducido)
    ``El mejor escenario sería utilizar una planta que sólo usted tiene (como una planta nueva de la naturaleza o una nueva importación). (Y asegúrese de que sólo tiene derecho a propagarse comercialmente).´´

    Esto es legal en Europa? se puede patentar una variedad y solo permitir la venta de esta a ciertos sitios? Entiendo que hablando de otras cosas es necesario hacerlo pero en plantas o animales se permite??
    Por una parte veo que el vendedor puede beneficiarse bastante si lo hace pero me parece algo tremendamente inusual y como comprador me hace pensar en que no debería ser así :confused:.
     
  2. Claro que sí!
    Muchas veces una variedad puede surgir por simple azar, debido a una mutación que permanezca estable. Pero en muchos casos son producto de varios años de cruzamientos y desarrollos.
    Te pongo dos ejemplos de plantas con marca registrada que yo tengo

    Kalanchoe blossfeldiana cv "Calandiva"

    6318744806_fdcffefea5_z.jpg


    Rebutia heliosa x albiflora cv "Sunrise"

    [​IMG]



    Ahora....que después, con el tiempo, los viveros aún sin permiso los reproduzcan...eso es otra cosa.
    Yo misma he regalado literalmente cientos de hijuelos de la "Sunrise"
     
  3. sasilba

    sasilba

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    me imagino que a los 20 años caduca, lo que es cierto es que si el dueño se entera de que los reproducen les puede meter una denuncia y recibe el dinero :11risotada:
    pues algo nuevo que he aprendido, gracias Mónica
     
  4. Las variedades de plantas con fin comercial se registran, no se patentan (a menos que impliquen técnicas de biotecnología) y efectivamente, algunas variedades no se pueden reproducir si no se tienen permisos. No es que elijas a quién se la vendes, más bien al revés: el productor es el que decide si le interesa producirla comercialmente para ganar dinero. De todas formas, esto lo vas a encontrar más frecuentemente en plantas de uso agrícola que ornamental. Sin ir más lejos, el tomate Kumato funciona así, no vas a encontrar semillas certificadas en las tiendas porque es una marca registrada (perteneciente a Syngenta) y tampoco obtendrías el mismo tomate si plantases las semillas que tienen, ya que la variedad sólo surge a partir de las complejas hibridaciones que en su día se encargaron de desarrollar.

    La finalidad de patentar o registrar las cosas no es otra que recuperar la inversión empleada en desarrollar dicho producto. Cuando consigues una variedad excepcional normalmente tiene detrás horas de trabajo, desarrollo (imagina los años que pueden pasar a base de polinizar, esperar al fruto, etc. hasta que das con algo que destaque) y un equipo de personas. Si todo ese trabajo lo entregas sin más para que otro pueda producirlo por su cuenta y competir por algo que surgió de tu trabajo... pues menuda gracia.

    En cualquier caso, el ejemplo mencionado poco tiene que ver con la mayoría de variedades ornamentales. Que una planta salga con flores dobles o de un color diferente es cuestión de azar como dice Mónica, y sólo hay que averiguar cómo mantenerlo estable (por esquejes, evitando polinización cruzada, etc.) y eso normalmente no tiene ningún tipo de limitación a la hora de producirlo.