Normativa legal para poner gallinas

Tema en 'Gallinas y otros animales de granja' comenzado por jandro261, 15/5/20.

  1. jandro261

    jandro261

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    Quiero poner en Castilla y León unas pocas gallinas y cebar algún conejo. Es decir sería Autoconsumo

    Pero quiero hacerlo legal, ya que tengo miedo de que en otoño o al año que vine haya un repunte de coronavirus y si no tengo la cartilla ganadera no pueda ir a atenderlos, pues sería en un pueblo a 30 km de donde vivo.

    Tengo experiencia en apicultura y para darlas de alta en Castilla y León hay que hacer un a comunicación al ayuntamiento, mencionado que cumple las normas estatales y autonómicas en cuanto a distancia, características, instalaciones, etc, Pero al ir a ver las leyes y Reales Decretos que afectan a gallinas y conejos siempre dice que esos normas, no afectan a las de autoconsumo.

    ¿Alguien sabe los pasos a seguir?

    Gracias
     
  2. Javiercehegin

    Javiercehegin

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    Sin cartilla ganadera no puedes ir? Y si tienes dos perros en el campo no puedes ir a echarles comida?
    Yo donde vivo, no pusieron problemas para ir a echar a las gallinas o a el perro.
     
  3. jandro261

    jandro261

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    España, Sierra de Avila 1.200 m.s.n.m
    Cuando al Guardia Civil o la Policía te paran tienes que justificar de alguna forma que puedes circular.
    A mí me han parado 2 veces cuando iba al trabajo y he tenido que justificarlo, pero el trabajo lo tengo en una dirección y los animales estrían en otra dirección y como digo a 30 Km.

    Si no lo justificas ya tienes al multa, en tu caso si tienes el perro, imagino que lo tendrás en regla y luego podrás recurrir.

    Y eso es lo que yo quiero, tener los animales en regla.
     
  4. valeriabcn

    valeriabcn Va

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    Pregunta en tu ayuntamiento. Yo en el mío encontré que según el tamaño de mi casa y terreno, por ser aislados, puedo tener hasta 6 entre gallinas y conejos sin hacer trámites. Los conejos que tengo son mascota, no para comer, así que (yo) no los cuento, están chipados, etc. Pero buscando me he encotnrado con eso, en la normativa sobre animales domésticos. POr otro lado, está prohibido tener vacas, ovinos, equinos, etc.
     
  5. jandro261

    jandro261

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    España, Sierra de Avila 1.200 m.s.n.m
    Gracias por tu respuesta.

    El problema es que el ayuntamiento es de un pequeño pueblo que no llega a los 100 habitantes y ni el secretario ni la alcaldesa tienen la menor idea. He preguntado a alguno de los que tiene 4 gallinas en el pueblo y en la zona y ninguno lo tiene legal.

    En Castilla y León el Decreto legislativo 1/2015 de la Ley de Prevención Ambiental sí que autoriza hasta 2 UGM, entre las que se incluye vacas y caballos y en el caso de gallinas se pueden tener unas 300 y de conejas de cría unas 60, con una comunicación al ayuntamiento. Eso si en la comunicación deberá ir acompañada de una memoria ambiental que determine las emisiones, catalogaciones ambientales de la instalación de manera justificada, medidas correctoras, controles efectuados para confirmar la idoneidad de las medidas correctoras y medidas de control previstas. En otras ganaderías hay que tener en cuenta la normativa sectorial, pero de momento en gallinas y conejos la normativa actual excluye de ella el autoconsumo, aunque las cantidades que considera de autoconsumo son mucho menores que la mencionada ley de Castilla y León.

    Pero los borradores que hay a nivel nacional, ya contemplan incluirlos.

    Tengo experiencia en apicultura y ya he tengo preparado la comunicación al ayuntamiento para gallinas y conejos, pero buscaba que alguien tuviera experiencia en este caso.
     
  6. ABROJO

    ABROJO

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    Castilla y Leon ( España )
    Si en el Ayuntamiento correspondiente no saben darte respuesta te recomiendo que acudas a la delegación de la "Consejería de Agricultura y Ganadería" que hay en tu provincia.
    Es posible que en la citada delegación te sugieran que mantengas las gallinas de forma alegal; es habitual que así lo hagan.
     
  7. jandro261

    jandro261

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    España, Sierra de Avila 1.200 m.s.n.m
    Gracias. El problema es lo que tú dices al final, que en los servicios veterinarios por quietarse el muerto, te digan que lo tengas alegal.

    Como dije en un principio mi idea es tener un certificado que me permita ir a cuidarlas si me paran en el camino y si estoy “alegal” no tengo ese certificado y me pueden multar.

    Por otro lado creo que las cosas bien hechas bien parecen. Recuerdo la polémica que hubo hace un tiempo con una cas rural que denuncio al vecino que tenía unas gallinas de toda la vida al lado ya que los clientes que iban a ese establecimiento para disfrutar de la mañana les molestaba que el gallo cantara a las 6 de la mañana. Al final como el dueño de las gallinas las tenía “alegal” le obligaron a llevárselas donde no molestaran, Si lo hubiera tenido en orden, otro gallo cantaría
     
  8. Bordaila

    Bordaila

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    Granada, Andalucia, España
    Hola. Entiendo que una explotación avicola de autoconsumo no es necesariamente alegal. Es mas, es legal sin tener que declararla.

    A raiz de este tema, hice las consultas legales en mi tierra, Andalucia.

    Os adjunto la respuesta de la junta de Andalucia:


    Buenos días,
    Le adjunto respuesta a su consulta:

    Las explotaciones avícolas que no tengan finalidad comercial están excluidas del ámbito de aplicación del Real Decreto 372/2003, por el que se establece y regula el Registro general de establecimientos de gallinas ponedoras y del Real Decreto 1084/2005, de ordenación de la avicultura de carne. Por lo que se consideran de autoconsumo, siendo voluntario su registro salvo si se encuentra obligada por la normativa vigente de medidas especificas de protección en relación con la influencia aviar.

    Puede consultar en el Manual de Trabajo para el Registro de Explotaciones Ganaderas los requisitos y la documentación requerida para dar de alta una explotación avícola de autoconsumo:

    https://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/MT_REGA_FIRMADO.pdf

    El trámite para el registro de explotaciones ganaderas puede realizarlo a través del siguiente enlace:

    https://juntadeandalucia.es/organis...procedimientos/detalle/183/datos-basicos.html

    No obstante para mayor aclaración diríjase a la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de su provincia y/o la Oficina Comarcal Agraria en cuyo ámbito esté ubicado, que es la encargada de la gestión del registro de explotaciones en Andalucía, según los establecido en el Decreto 14/2006 por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.

    Por aclarar mas, me dirigí tambien a la OCA de mi zona (Oficina Comarcal Agraria), os adjunto tambien la respuesta:

    Buenos días

    Tal como le he comentado telefónicamente,el registro de las
    explotaciones avícolas,siempre que no exista una finalidad comercial,no
    es obligatorio.

    Se considera una explotacion avicola de autoconsumo:

    • Explotación avícola de puesta para autoconsumo: aquella explotación
    avícola donde se crían
    aves de puesta con destino exclusivo al consumo familiar con una carga
    ganadera máxima
    autorizada inferior a 0.50 UG o el equivalente a 35 gallinas ponedoras.

    • Explotación avícola de de autoconsumo: Aquella explotación que
    produzca hasta un máximo
    de 210 kg en equivalente de peso vivo de ave al año y en ningún caso
    comercialice los animales o
    su carne. No podrán tener esta consideración las explotaciones que
    mantengan o críen especies de
    aves corredoras o ratites. (Real Decreto 1084/2005, de 16 de
    septiembre). Podrá considerarse
    dicha explotación con una capacidad máxima autorizada de 0,18 UGM (25
    pollos) o su equivalente
    para otras aves de corral.

    El registro seria voluntario,le adjunto documentacion necesaria en el
    caso que decidiera solicitar el registro.

    Desconozco la norma en otras zonas, pero aqui, donde vivo, y con estas dos respuestas, mi explotación avicola con media docena de gallinas es completamente legal (que no alegal).

    Espero que os sirvan estos datos. De todas formas, podeis hacer lo mismo en vuestra comunidad autonoma: un par de correos a las instituciones que correspondan, y si os toca registrarlas, pues adelante. Mejor tenerlas bien, que llevarse una sorpresa cualquier dia.

    Saludos.
     
  9. jandro261

    jandro261

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    Gracias, pero insisto quiero tenerlas legal

    Y legal es con la documentación en regla que pueda presentar si me paran en el camino.

    Ya lo tengo presentada en el ayuntamiento tal y como marca la ley de medioambiente de la JCyL y también es los servicios veterinarios de CyL, pero llevan desde el mes de junio y no me han respondido.

    En CyL la ley de medio ambiente dice claramente que cualquier animal que se tenga ha de estar registrado, en el caso de pequeñas cantidades se considera corral domestico, pero no por eso se puede tener si su correspondiente cartilla ganadera.

    Y además insisto que quiero tenerlo legal, por lo que explique en el primer post
     
  10. Bordaila

    Bordaila

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  11. jandro261

    jandro261

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    Ya tengo casi la autorización de la JCyL. Me llamaron el otro día para pasar a ver las instalaciones y comprobar que cumplían la normativa de bienestar.

    Como estaba a la espera de que lo autorizaran aun no tengo hechas las instalaciones que van a ser del tipo de

    https://avicolapremium.com/product/caseta-aves-mod-bristol/

    Aunque hechas por mi y de unas dimensiones de 130 cm x 600 cm

    Ya contare si han puesto alguna pega, pues me han hablado por teléfono que han de tener algún sistema que garantice el suministro de agua permanentemente y mi idea es una garrafa de 25 l con un par de boyas de agua