Denuncia: Robo de fotos en infojardin

Tema en 'Comunidad de Infojardín' comenzado por Lourdes, 31/8/08.

  1. Lourdes

    Lourdes miembro del rebaño

    Mensajes:
    18.193
    Ubicación:
    Cantabria Centro USDA 9b-10a
    consultado con abogado no es necesario

    como no es necesario que tu casa esté registrada para saber que es tuya

    Te ahorra trabajos y problemas pero una foto es tuya si demuestras que lo es...sin necesidad de estar registrada..., lo mismo sucede con tu casa

    Hay algunas fotos que no puedo probarlo porque o bien las subía a imagestation y canceló mi cuenta hace unos meses o bien porque no me gustaban y las he ido borrande de mi cuenta de flickr, las encuentro en el google e remite al foro pero no están en el foro...

    No obstante hay 12 fotos mías que puedo probar que están en infojardin puestas por mi con anterioridad a la subida a la red por este señor...y otras 8 de otros foreros...que yo haya encontrado que pbviamente debe de haber más

    En una de mis fotos, difuminadas se ven las casas de al lado y en otra clarisimamente la colcha de mi cama... espero que él no tenga una colcha igual...:meparto:
     
  2. Hola!

    Lourdes, creo que no hará falta que actualmente estén las fotos en internet, simplemente tú tienes los originales y él ha copiado algo que ha encontrado por ahí y se lo ha apropiado; aún así, supongo que los administradores de, por ejemplo, imagestation, tendrán un registro de fotos que estaban en su sitio, aunque actualmente no estén disponibles.

    Contad también conmigo, en la medida de mis posibilidades :happy:

    Besos ;)
     
  3. Algodoal

    Algodoal

    Mensajes:
    1.119
    Para saber que tu casa es tuya no es necesario que esté registrada, pero para demostrar que lo es, si. Y por mucho que demuestres que una foto que han usado es tuya, si no está en el Registro de la Propiedad Intelectual, ese uso no vulnera la Ley de la Propiedad Intelectual, tal y como comentaba Blanca Rosa.

    Saludos.
     
  4. rsanmiguel

    rsanmiguel

    Mensajes:
    206
    Aqui el tema no es que vulnere o no la ley, es que vulnera el sentido comun.

    Si una persona ha tomado su tiempo en hacer una foto, su tiempo y sus conocimientos, puesto que para hacer unas buenas fotos no solo hay que 'hacer click' con la camara, y otra la coje y no aclara que es suya ¡¡es que es un sinvergüenza!!
     
  5. Lourdes

    Lourdes miembro del rebaño

    Mensajes:
    18.193
    Ubicación:
    Cantabria Centro USDA 9b-10a
    No es cierto... y lo sé por experiencia. Heredé de mi padre una casa no registrada.

    No es obligatorio registrar...Tu tienes tu escritura de propiedad... y si no la tuvieras...existe algo que se llama un Expediente de dominio...por el que se esclarece que tu familia habitó esa casa de siempre y que no existe otro dueño...

    Eso si, es un proceso largo y costoso...

    Y siento contradecirte en lo de la Propiedad Intelectual pero te aseguro que me he informado.

    Sin embargo es algo que no sirve para nada, porque no me voy a poner a pleitear con nadie ni aún cuando las tuviera registradas...algo que la persona a la que he consultado también me ha dicho...proceso largo y costoso en los dos casos...comprenderéis que no merece la pena :meparto:
     
  6. Algodoal

    Algodoal

    Mensajes:
    1.119
    Totalmente de acuerdo, rsanmiguel; yo sólo hice una apostilla al comentario de Balnca Rosa. Lo que ha hecho el individuo ese es reprochable y falto de ética; que vulnere la ley mencionada es otro cantar.

    Saludos.
     
  7. Algodoal

    Algodoal

    Mensajes:
    1.119
    Si tienes una escritura de propiedad es porque ya consta en el Registro de la Propiedad. Si tu registras tus fotos, tus herederos no necesitarán volver a registrarlas.
     
  8. Lourdes

    Lourdes miembro del rebaño

    Mensajes:
    18.193
    Ubicación:
    Cantabria Centro USDA 9b-10a
    Error mío, quise decir... Escritura sin más...

    http://www.mcu.es/propiedadInt/CE/RegistroPropiedad/Definicion.html

    Página del Ministerio de Cultura como podéis ver...

    Objeto del Registro de la Propiedad Intelectual

    El Registro es un medio para la protección de los derechos de propiedad intelectual de los autores y demás titulares sobre sus obras, actuaciones o producciones.

    La inscripción registral supone una protección de los derechos de propiedad intelectual, en tanto que constituye una prueba cualificada de la existencia de los derechos inscritos.

    ¿Es obligatorio el registro de la Propiedad Intelectual?
    El Registro es voluntario. Por lo tanto, no es obligatoria la inscripción en el Registro para adquirir los derechos de propiedad intelectual, ni para obtener la protección que la Ley otorga a los autores y a los restantes titulares de derechos de propiedad intelectual.
    ..........................................
     
  9. fissher

    fissher

    Mensajes:
    728
    Ubicación:
    ESPAÑA,Andalucia,Jaen
    LOURDES ,HE LEIDO EL POST Y ME QUEDE FLIPADA ,HABEIS PODIDO HABLAR YA CON ALGUN MODERADOR.
    YO DOY TODO MI APOYO.SALUDOS.
     
  10. Algodoal

    Algodoal

    Mensajes:
    1.119
    Osea, que la "inscripción registral supone una protección de los derechos de propiedad intelectual", peroooo... "no es obligatoria la inscripción en el Registro para adquirir los derechos de propiedad intelectual". :16duda:

    Una cosa está clara: en caso litigio necesitirás algo que demuestre al juez que tu eres la titular de ese derecho.

    Saludos.
     
  11. Hawai

    Hawai Hibernando.......

    El Registro es garantista, pero sólo es obligatorio en casos muy puntuales, como hipotecar un inmueble. Es garantista en el sentido de que los asientos van a misa, un Juzgado siempre da por válido aquello que pone en el Registro. Demostrar un error registral es complicadísimo.

    En realidad, Lourdes :happy: , el caso es muy lamentable, sin duda, pero es el pan nuestro de cada día. Internet no es tan grande como muchos creen, y, dentro de cada mundillo, más o menos nos conocemos todos. Prueba de ello es que todos reconocéis las fotos de vuestros amigos foreros, y las identificáis en otros sites a las primeras de cambio. Nos ha pasado a todos.

    Creo que el problema no es tanto que se puedan recoger imágenes puntuales de la web, conservando sus características de origen, como el lucrarse con lo que no es de uno, sean imágenes, sean textos. Eso sí es antiético e ilegal.

    Lo que hago desde hace años es poner fotos a resolución mínima, así sirven sólo para lo que son: enseñar puntualmente la planta o flor x.


    Saludos a tod@s!!!!!.
     
  12. Blanca Rosa

    Blanca Rosa

    Mensajes:
    908
    Ubicación:
    Cádiz. Andalucía.
    Vamos a ver Algodoal... que ésto se presume un tocho aburridíííímo :smile:.

    Existen dos tipos de obras fotográficas, las protegidas y las libres de derecho. Las libres de derecho también están amparadas en dicha LPI

    Primero... abría que distinguir entre obra fotográfica y mera fotografía....

    Obra fotográfica: toda aquella que implique originalidad, talento, trabajo y esfuerzo creativo por parte del fotógrafo.

    Mera fotografía: aquellas que carecen de un punto artístico o intelectual, es decir, sean mera fotos mecánicas de la realidad que se nos presenta tal cual.

    Ésto tal cual, para mí se me presenta de una forma muy subjetiva a la hora de decidir que foto es artística y cual no lo es, ya que según el art. 10 de la Ley de Propiedad Intelectual se podría interpretar como obras todas aquellas fotos que son originales.

    Aún así...las consideradas meras fotografías, como expuse en el primer párrafo, también se contempla en la citada ley.....¿De qué forma?

    Si es considerada obra el titular tendrá todos los derechos morales sobre ella. (art. 14 de la LPI)

    Si es considerada mera fotografía...tendrá derechos sobre la reproducción, distribución y comunicación pública. (art. 128 de la LPI)

    Espero que ésto haya aclarado algo... vamos digo yo...

    Saludoooossss:adios:
     
  13. Algodoal

    Algodoal

    Mensajes:
    1.119
    Gracias por las explicaciones Blanca.

    Lo que yo cuestiono no es si la foto se considera una obra de arte o un churro, sino que cómo demuestras que tu eres el titular de los derechos de esa foto.

    Saludos.
     
  14. Hawai

    Hawai Hibernando.......

    Si es una fotografía digital, te debería servir la tarjeta de memoria donde está grabada, con fecha y hora, además de la serie de donde sale. Es decir, haces 20 fotos de la misma planta, pero subes las mejores. En la tarjeta quedan todas ellas, ahí se demuestra que es tu trabajo.

    ;)
     
  15. benemi

    benemi ...mar adentro

    Mensajes:
    890
    Ubicación:
    zona centro
    Siento muchisimo lo que te ha pasado Lourdes, entiendo la indignación que debes sentir al ver que tus cactus y plantas estan siendo tomadas como propias por alguien ajeno. No tanto por el robo de fotos, sino por el hecho de que tus plantas son tu labor, fruto de tus cuidados, de tu paciencia y de tu ilusión.
    Sinceramente creo que las personas que tienen un blog con algo tan especial no deberiais colgarlo en un sitio público tan "concurrido" como es la red. Deberiais compartirlo con los más allegados y de vuestra confianza.

    Siento que te haya pasado algo así, tú querias compartir con todos tu pasión, lo comprendo:(

    Un saludo, y espero que no te vuelva a ocurrir:beso: