Identificacion especie para CITES

Tema en 'Identificación de cactus' comenzado por Vael, 8/6/11.

  1. Hola amigos

    Estoy solicitando un permiso CITES, para llevarme unos ejemplares de Cactus de Mexico a España. Sin embargo en una factura de compra de cactus de un vivero autorizado, no me pone la especie que es. Solo indica el nombre popular que es "trompeta espinosa" Quisiera ver si me pudierais ayudar a identificarla por su nombre cientifico. Aqui ese tipo de cactus es muy popular supongo que porque es bonito y muy prolifico, ya que suelta muchisimos hijos. El cactus central ya me ha dado cerca de 20 hijos en solo 2 años

    Adjunto foto

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    Saludos y muchas gracias
     
  2. Kauderwelsch

    Kauderwelsch

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    Ciudad de México
    Hola, tu planta parece ser Echinopsis oxygona, un cactus que no es originario de México.

    Hasta donde entiendo, la especie estaría en el apéndice II de CITES, y en este caso no parece ser obligatorio ningún papel.

    Pero independientemente de eso, según mi entendimiento, CITES solo regula el comercio, pero en tu caso no estás comerciando, ni exportando y ni importando nada. Simplemente te estás llevando tu planta de México a España. En todo caso tendrías que preguntar al personal de la linea aérea con la que viajas si es posible llevar la planta, a lo cual, pues seguramente no tendrán ni idea, dirán que no, si son un poco payasos, o que sí, por que en realidad no está prohibido llevar plantas en un avión.

    Donde podrías sí tener algún problema es con la aduana española, en caso de que sepan que llevas la planta, en cuyo caso podrían decomisarla si no cuentas con un permiso o certificado fitozoosanitario. Pero tener un papel de CITES no ayuda mucho en este caso a mi entender, porque insisto en que no estás comerciando con el espécimen (en inglés usan "trade").

    Yo recomendaría que pusieras tu planta dentro de periódico, y dependiendo del tamaño, la puedes poner dentro de una mochila (a raíz desnuda, nada de tierra ni mucho menos maceta) o en una bolsa de papel grande, etc. y la subas a la cabina. La otra opción es envolverla bien y meterla con tu ropa en el equipaje que va documentado, si quieres evitar preguntas curiosas durante la revisión mediante rayos X; aunque recuerda que no estás cometiendo ningún delito. Para tu mayor traquilidad, porta la factura de compra. Llegando a España, simplemente no digas que llevas una planta desde México. Tampoco nadie te va a preguntar.

    Ya por allá consigues una maceta linda y un sustrato adecuado para su nueva vida en ultramar.

    Yo personalmente he llevado plantas como obsequios de México a España, y a otros países, de ambas formas y nunca he tenido ningún problema.

    Saludos
     
  3. Hola Kauderwelsch

    Muchas gracias por tu identificación. Si, creo que es la especie que dices. No habia forma de localizarla, por mas que la estuviera buscando. Por suerte ya esta identificada.

    En cuanto a lo de los permisos, estuve mirando en internet, en la pagina del Semarnat, lo que me decias.

    Bueno, Yo fui a las oficinas del Semarnat en Puebla, y me dijeron que tenia que sacar un permiso CITES, para las especies incluidos en los apendices y aparte otro permiso para aquellas plantas que no estan incluidos en los apendices. EN realidad llevo varias plantas de variado tipo. Tambien los de los vivieros, en particular uno especializado en cactus de aqui de Puebla me dijo que tenia que sacar cites y fitosanitario para poder llevarmelos.

    Pero por lo que me has dicho, estuve revisando en las paginas de organismos oficiales y solo vi lo que decias, lo del comercio. Pero luego encontré una reseña en la que especificaba lo de los bienes personales y de llevar como equipaje personal. Pero la verdad es que más que aclararme me confundio un poco mas. Lo reproduzco

    ARTÍCULOS PERSONALES O BIENES DEL HOGAR*

    SE REFIERE A…

    Especimenes de propiedad privada o poseídos con fines no comerciales, legalmente adquiridos, que en el momento de la importación o reexportación se lleven puestos, transportados o incluidos en el equipaje personal o parte de una mudanza de bienes del hogar.

    CONDICIONES

    Los permisos y certificados requeridos para especimenes de los Apéndices CITES no serán necesarios a este respecto, excepto en especimenes adquiridos por el dueño fuera de su país de residencia y que se importen al mismo (Apéndice I y II); adquiridos en el país en que se produjo la separación del medio silvestre o si éste último requiere permisos de exportación para el espécimen (Apéndice II).


    Yo ahora soy residente en Mexico, pero en el momento en que regrese a España dejaré de serlo. aunque aun en ese extremo, entenderia que no necesito permisos CITES. SIn embargo la ultima frase " si éste último requiere permisos de exportación para el espécimen (Apéndice II)" ¿se refiere a este ultimo pais, en este caso España? o a las especies en el apendice II? Como verás no estoy demasiado familiarizado con la jerga legal y me lio un poco.

    De todas formas, estoy pensando en sacarlo por si acaso. Creo que conseguir esas mismas plantas en ese tamaño, me resultaria mas caro o de plano en el caso de algunas especies imposible.

    Si fuera una única planta, lo haria como tu me has dicho sin problema, (De hecho ya lo he hecho) pero siendo varias... No quiero que se me acuse de nada....

    ¿Tu que opinas?

    muchas gracias y saludos
     
  4. Kauderwelsch

    Kauderwelsch

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    Ciudad de México
    Habría que ver en realidad de cuántas plantas estás hablando exactamente, y cuánto volumen ocupan y si en realidad es evidente que viajas con plantas. Otra cosa a considerar en el caso de que sean muchas plantas diversas es en qué Apéndice de CITES está cada una.

    En cuanto al link de la Conabio que has incluido, yo vuelvo a insistir en tú no estás comerciando con tus plantas, hasta donde entiendo por lo que has dicho al momento.

    Si tu te fijas justo al principio de esa página dice: "Requisitos para el Comercio"

    Todo lo que dice en esa página no aplica para ti, pues tu no estás ni exportando, ni importando, ni reexportando: actividades todas relacionadas con el comercio; en este caso, con el comercio de cactáceas.

    En tu caso, tú eres un particular que desea trasladar sus plantas simplemente de un lugar a otro, sin fines comerciales. Esto es lo que ocurre a mi entender, aunque admito que no soy experto en la materia ni mucho menos.

    Lo único que se me ocurre es que este traslado de plantas de un país a otro sin fines comerciales esté siendo entendido como importación (a la Unión Europea). En este caso, tú habrías comprado las plantas, e independientemente del tiempo que haya transcurrido entre su compra y su traslado a otro país, se estaría hablando de una importación. Pero mis conocimientos no me alcanzan para estar seguro. En todo caso, no necesariamente tuviste que haber comprado las plantas; pudieron haber sido obsequios que se te hicieron, lo cual, hasta donde mi ignorancia da, tampoco es comercio.

    "Éste último" es el país de donde estás sacando las plantas con fines de exportación, en este caso sería México. Es decir, México NO es el país donde "se produjo la separación del medio silvestre".

    En rigor estricto, para E. oxygona tú necesitarías un "certificado de reexportación", pues la planta no es nativa de México y el "espécimen fue transformado en ese Estado o está siendo reexportado desde éste."

    En la tabla más arriba en ese enlace, se lee que las plantas de Apéndice II normalmente no requieren permiso de importación, pero algunos países sí lo solicitan, como en este caso sería para la Unión Europea, o España en concreto.

    Si el trámite no es demasiado engorroso, o consumidor de tu valioso tiempo, y posees todos los papeles que acrediten la legal procedencia de tus plantas, no dudes en realizarlo y que te expidan todos estos papales.

    Si te sirve de clarificación un poco, esquematizo a continuación:

    México --------------> España
    (exportación) --------------> (importación)

    En el caso de E. oxygona, necesitarías al menos:
    -Certificado de reexportación
    -Permiso de importación
    -Fitozoosanitario

    Espero haber sido de alguna ayuda, suerte con el papeleo, ojalá que no sea demasiado complicado.

    Saludos
     
  5. Gracias de nuevo por tu ayuda.

    Ayer, despues de escribir aqui, estuve indagando un poco más en las leyes en Europa y México y llegue a la conclusión de que no necesito ningun certificado CITES para lo que quiero hacer, porque es propiedad personal. Europa no ha modificado el especto de lo que trata el

    En cualquier caso le escribi un correo al SOIVRE ( o algo asi) que es el organismo encargado de expedir los permisos CITES en España explicandole detalladamente la situación y argumentando el porque no creia que tenia que sacar el CITES. Aún no me han respondido, si siguen tardando, volveré a insistir.

    He de reconocer que hay un parametro en el que no lo tengo muy claro, pero tu contestación de ahora me da una pista.

    Tal vez saque el permiso, mas por si acaso que por otra cosa. aunque parece que debo sacar también uno de España cosa que creo que ya no puedo. Ahora tambien empezare a mirar lo del permiso fitozoosanitario internacional

    Bueno, seguiremos informando

    Saludos