Imputados por plantar especies frutales sin tener los derechos de propiedad

Tema en 'Árboles frutales (temas varios)' comenzado por jlnadal, 30/8/13.

  1. jlnadal

    jlnadal tartessio y aprendiz

    *

    Saco este artículo del hilo de Noticias... porque se que va a originar debate...y el hilo está concebido para dar noticias....y nada más :5-okey:


    Imputados por plantar especies frutales sin tener los derechos de propiedad


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    La Guardia Civl detectó que el ADN de los árboles pertenecía a una empresa francesa



    Dos hombres han sido imputados por el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil por poseer plantaciones de árboles frutales de especies cuyos derechos de propiedad corresponden a una empresa francesa. Fuentes de la Subdelegación del Gobierno en Huesca indican en una nota que el pasado 14 de agosto el Seprona imputó a M.B.A., de 67 años y vecino de Serós (Lérida), y a J.V.V., de 54 años y vecino de Zaidín, como supuestos autores de un delito contra la propiedad industrial. Ambos imputados, agricultores de profesión, tenían plantaciones de varias hectáreas, en diferentes parcelas de las localidades oscenses de Zaidín y Fraga, de una variedad de un árbol frutal correspondiente a una especie vegetal derivada de la especie Prunas Pérsica L. Bastch (melocotonero y nectarino), denominada Maillarflat y Maillara, cuyos derechos de propiedad industrial corresponden a una empresa francesa.

    Los agentes del Seprona tomaron muestras de brotes y ramas de varios árboles de la plantación para hacer su estudio genético, y las muestras se entregaron en el laboratorio de Análisis Genético de Bellaterra en Barcelona.

    El análisis determinó que los árboles presentaban un perfil de ADN idéntico al de la variedad Maillara, por lo que se imputó a ambos agricultores como supuestos autores de un delito contra la propiedad industrial, tipificado en el artículo 274.3 del Código Penal.

    De los hechos se instruyeron las oportunas diligencias, que fueron entregadas en el Juzgado Decano de Fraga.

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    Jose Luis
     
  2. Maggs

    Maggs Enjoy the silence...

    :sorprendido: El caso es ciertamente preocupante, las felicitaciones a José Luis por iniciar este tema y por favor, vamos a centrarnos en él sin entrar en otro tipo de discusiones ajenas.

    :15piensa: Yo por mi parte tengo 2 comentarios al respecto, desde mi casi completa ignorancia sobre la legislación española (ni siquiera sé si es la misma para todas las comunidades autónomas).

    1º ¿Estos agentes del SEPRONA tenían una orden judicial para a) ingresar a propiedad privada, b) tomar muestras, c) malograr propiedad privada cortando frutales, o d) todas las anteriores?

    Porque aquí, si un agente de donde sea entra a mi propiedad, le abro un juicio y lo dilato tanto como me sea posible, reclamando incluso daños y perjuicios. Años y años litigando, vamos a ver quien tira la toalla primero. Digo yo, ¿qué tal si mi perro ataca a los "agentes" dentro de mi propiedad y a la que han entrado sin mi permiso? ¿Cómo pueden demostrar, sin una orden, que tales muestras han sido tomadas de mi propiedad? ¿Estaba presente un fiscal? ¿Y con qué pruebas, denuncia, orden judicial, vienen a mi propiedad a "tomar muestras"? ¿Alguien me delató?

    2º Sobre este punto, que arroje la primera piedra quien no tiene algún frutal ® en su finca-huerto. Si el caso fuese una batida general yo creo que los imputados serían más de 2 personas. Yo pienso que aquí hay gato encerrado…

    :icon_cool: Finalmente decir que todos debemos conocer los derechos legales de los obtentores, pagar los royalties que correspondan, pero también tener en cuenta nuestros derechos y no dejarnos avasallar por los “agentes”. Creo que a tod@s nos son familiares las estrategias intimidatorias de grandes empresas de los transgénicos con el asunto de la soya RoundUp Ready que se “autosiembra” en las fincas de quienes sólo desean cultivar soya tradicional.

    Maggs :eyey:
     
  3. jlnadal

    jlnadal tartessio y aprendiz

    *

    ¡Ay! que poco sabes de la Legislación Española y de los representantes, las fuerzas de seguridad...

    ¿propiedad privada...? si está sin vallar...
    ¿un perro suelto...? que no ataque a nadie...los problemas pueden ser de :desconsolado:

    2) Funciones de la Guardia Civil.

    · Las derivadas de la legislación sobre armas y explosivos.

    · El resguardo fiscal del Estado y la lucha contra el contrabando.

    · La vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas.

    · La custodia de las vías de comunicación, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que, por su interés lo requieran.

    · Las relacionadas con la legislación sobre medio ambiente.

    · La conducción interurbana de presos y detenidos.


    http://www.seguridadpublica.es/2008...s-entre-las-diferentes-fuerzas-y-cuerpos-d-2/


    Ten por seguro que llevaban orden judicial y que obraban tras denuncia previa...


    Tras la modificación efectuada en el Código Penal, por la Ley 15/2003 de fecha 25 de noviembre, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas constituye un delito castigado hasta con dos años de prisión.


    mvy.jpe


    logo.png

    bg_logo.png
    Semillas y plantas de vivero

    pinchando los logos se accede a páginas de interés...



    Tengo un montón de variedades ® y por supuesto...facturas de compra,pasaporte fitosanitario y en algunos casos posibilidad de compra de material reproductivo....


    Jose Luis
     
  4. Maggs

    Maggs Enjoy the silence...

    :5-okey: Yo jamás dudaría de la legalidad de tus variedades José Luis, y por supuesto jamás me chivaría sobre las variedades de nadie con las autoridades.

    :15piensa: ¿Condena máxima de 2 añitos de prisión? Luego eso significa pena efectiva de prisión suspendida según la legislación española (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal) si no me equivoqué en mi búsqueda.

    :13mellado: Eso es como azote en el culete y nada más, pero el verdadero problema son los antecedentes que quedan y por supuesto la multa. Así que este es un tema serio.

    :icon_redface: Yo no tengo ni facturas ni pasaportes fitosanitarios (lo bueno del bolso de mano cuando se viaja). Pero por supuesto mi huerto está dentro de una casa a la que no se puede acceder bajo ninguna modalidad.

    :-? ¿Quién paga el análisis del ADN de las muestras que han obtenido de la finca de las personas acusadas? Yo creo que detrás de todo esto hay algo más...

    :happy: No es por querer desviar el tema hacia un punto de vista netamente legal, pero por la tranquilidad de quien nos lea (y sin querer afectar de ninguna manera los derechos legales de los obtentores) y quiera prenderle fuego a todo su vergel ® por temor meditemos; ¿qué pasa si un imputado alega que él no plantó dichos árboles, sino que "alguien", un par de gamberros o un ex socio con mala fe y malas intenciones, se las plantó en su huerto y luego llamó a los del SEPRONA? ¿Cómo se demuestra que esta persona plantó los árboles en su finca y no lo hizo alguien más? Nadie es culpable hasta que se demuestra lo contrario. Lex scripta, lex tradita :13mellado:

    Maggs :eyey:
     
  5. Kira

    Kira

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    Sierra de Madrid
    Hola


    Yo a veces sueño que Maggs vive en el lejano oeste .... con sus pistolas al cinto, la ley del más fuerte y eso ...



    Bueno, bromas a parte, está claro que la Benemérita no se va a molestar en ir analizando todo árbol de finca si no hay una denuncia previa. Y tampoco va a analizar los 4 manzanos de un jubileta ... está claro que se tratará de unan plantación de productores de manzanas, es decir, cuando hay lucro.

    Y cuando uno tiene una finca para lucrarse no son chicas ni viene el vecino a plantarte varios miles de árboles sin tu permiso. Ni tu te das cuenta, ni tu denuncias ...


    Saludos
     
  6. Sr_Setahongo

    Sr_Setahongo Abogado de pobres

    Si la ley dice que es delito pues bien me parece que se haga cumplirla.

    No creo que esto pueda pasar con unos pocos ejemplares para consumo propio. Esto es razonable tratándose de grandes extensiones con fines comerciales.

    Otra cosa sería el que tiene un ejemplar con copyright que quiere hacer parecer que es "aficionado" pero en realidad se dedica a vender estaquillas o plantas injertadas con esa variedad a otros aficionados.
     
  7. Maggs

    Maggs Enjoy the silence...

    :beso: Kira, yo también te adoro no creas que no. Me olvidé la vez pasada de felicitarte por esa hermosa fotografía de tu perro y tu cuy juntos, son monísimos :ojoscorazon: No estarás enfadada por lo de la cita de la RAE, ¿verdad? :icon_cool:

    :994nonono: Yo no digo que hay que saltarse la ley, digo que si hay dolo imputable ha de ser legalmente demostrable. Y si yo puedo elucubrar mogollón de salidas legales con un poco de imaginación mientras me como un bocata de mortadela, pues ya ves las que idearán en un buen bufet de abogados. Para ganar un juicio no basta tener razón, hay que demostrar que se tiene razón.

    :15piensa: Pasando a temas más constructivos, no he tenido mucho tiempo pero he estado haciendo mis búsquedas pero no he dado con nada. Asumo que en parte es por tener el navegador en francés (me salen solo cosas de Francia y no de España), pero no he dado con ninguna salida legal que permita "ponerse a derecho" antes de que "la poli" nos caiga encima.

    :icon_rolleyes: He estado pensado que quizás haya una opción legal como pagar los royalties con retroactividad (como comprar en ese momento la planta con todas las de la ley) para "legalizar" un par de injertos en el huerto. Digo, la ley no hace distinción entre "para uso propio" o "para comercializar", y me estoy leyendo la ley citada.

    :desconsolado: Pero entonces pensé: ¿qué pasa si me compré un Aprium® de Zaiger Genetics (por citar un ejemplo al azar) en el vivero de Dave Wilson, y luego se me ocurrió coger un par de ramitas e injertarlas en un mirabolano de los tantos que tengo por pocas monedas... ¿Cómo legalizo estos injertos, y si realmente se les puede considerar ilegales? ¿Y si empecé a hacer acodo y recalce de portainjertos con ®? Aquí hay vacíos legales, no me lo negarán...

    Maggs [​IMG]
     
  8. cgps

    cgps agroinformando

    Acerca de ello, en España ya se prohibió tener variedades autóctonas?, o desde haces rato fueron comprados por monsanto?....

    Eso diciendo sin prejuicios, y a nivel de hectáreas cultivables pero, si hablamos de pequeños productores, o en este caso aficionados o jardineros, también se les somete a judicializarse simplemente por cultivar y tener a mano semillas o estacas de frutales o verduras de variedad autóctona, y no R?

    Y a esto,que me garantiza que una R variedad de semilla?, hecha en otra región diferente a donde se cultiva, como el caso del arroz, verduras y frutales?

    Y a esto un video....
     
  9. asaltador007

    asaltador007

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    Salou (Tarragona)
    Lo que hay que tener en cuenta es:

    Como elemento subjetivo se exige de igual manera que en los demás derechos de propiedad industrial que la conducta se realice “con fines agrarios o comerciales”, lo cual en cierto modo se presenta como superfluo dado que al igual que en el resto de modalidades delictivas de propiedad industrial, la propia regulación específica de carácter civil establece que la protección del derecho del obtentor no se extenderá a los actos realizados en un marco privado con fines no comerciales (art. 15 a) LPOV).

    como siempre todas las leyes son ambiguas y objeto de interpretación de los juezes.
     
  10. Byadgan

    Byadgan

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    ESTADO DE MEX. OAX.
    cgps me hiciste :desconsolado: con ese video no y yo pensaba q mi gobierno estaba cabrón (a lo mejor porq el gobierno quiere su mochada para q la implemente pero x lo mismo q somos vecinos los tiramos de a locos) pero veo q no es una lastima lo q pasa por tu pais aqui por lo menos no an echo eso pues creo q si lo isieran dejarian de sembrar sin embargo yo e visto un canal agropecuario llamado tierra fertil en el cual solo piden los estándares de calidad y ni mencionan q la semilla debe ser certificada para exportar a gabacholandia....
     
  11. Jose-Albacete

    Jose-Albacete Cerebro menguante

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    Albacete
    Vamos a ver el tema con detenimiento :

    - Se juntan dos tios , y deciden montar una plantacion de varias hectareas .
    - Escogen dos variedades con muy buena salida comercial :

    * El paraguayo Sweet Cap®

    http://www.magrama.gob.es/app/MaterialVegetal/fichaMaterialVegetal.aspx?idFicha=1034

    * La nectarina Big Bang®

    http://www.magrama.gob.es/app/MaterialVegetal/fichaMaterialVegetal.aspx?idFicha=1036

    Ahora bien , tenemos dos panoramas posibles , muy distintos el uno del otro .

    Opcion A :

    Estos señores compran mogollonazo de portainjerto , consiguen material de injerto , y o bien injertan ellos , o bien contratan a alguien para injertar la finca .

    Opcion B :
    Van a un vivero , y compran la planta injertada , pero para evitarse pagar el IVA , la compran en " B " , el vivero acepta el pago en metalico , y les vende sin IVA ( con lo cual no pueden demostrar la procedencia de la planta ) .

    Sea como fuere , estos señores han incumplido la legislacion , pero si el panorama es el segundo , no solo ellos son los infractores .

    Habria que ver como termina este asunto , pero esta claro que a nivel profesional ( agricultores y viveristas ) , este tipo de cosas estan muy perseguidas .

    Esto es un caso que ha salido en la prensa , pero anualmente hay cientos de infracciones de este tipo .

    Ya sabemos la tremenda labor que realiza un obtentor , hasta que llega una determinada variedad a patentarse ( es tremendamente costoso ) .

    A partir de hay , cada uno es libre de opinar " pa sus adentros " si es partidario , o detractor , de la multiplicacion de las variedades con royalti .

    Y aqui es cuando se creara el debate.

    ¿ Es igual de delito, multiplicar 100 hectareas , que multiplicar 2 paraguayos para tenerlos en el huerto de la casa de campo ?.

    Ese es el gran asunto .

    Un abrazo
    Jose
     
  12. Jose-Albacete

    Jose-Albacete Cerebro menguante

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    Albacete
    Hombre mira por donde .
    Gracias a mi buen amigo asaltador007 , podeis/emos tener todos las conciencias mas tranquilas.

    la protección del derecho del obtentor no se extenderá a los actos realizados en un marco privado con fines no comerciales (art. 15 a LPOV).


    LPOV= Ley de la Propiedad de la Obtencion Vegetal

    Un abrazo
    Jose
     
  13. cgps

    cgps agroinformando

    Uf, más tranquilo aún, es decir que en cierto modo tienen transparencia los aficionados y jardineros que usan y compran plantas para fin doméstico, menuda balsa.....

    Saludos
     
  14. cgps

    cgps agroinformando

    Ya estamos acostumbrados a este tipo de cachetadas del gobierno, de ahi sin embargo la gente todavía está preocupada aunque no lo muestren....

    Pero si, esto pasa y sigue pasando debido a la raya invisible que divide a ellos pocos del numeroso resto...

    Saludos
     
  15. Maggs

    Maggs Enjoy the silence...

    :5-okey: No tan de prisa Asaltador007 y José, yo creo que José Luis ha puesto un enlace muy claro sobre este tema:

    [​IMG]

    :icon_rolleyes: Me temo que "al que con fines agrarios..." incluye a las personas que por hobby coleccionan frutales. Mejor nos vamos con cuidado en este tema y continuamos el mutis respecto de las variedades con las que se puedan contar (al menos en el foro público), y restringimos el tema a los emilios para no comprometernos.

    Maggs :sirena: