He pedido un informe para ir aclarando un poco los permisos que por ley corresponde. En el Estado si os voy a adelantar que en cada Autonomía hay un departamento oficial de Asuntos Sociales donde podeis informaros los interesados. Bueno chicas no pensaba que os ibais a poner de esa manera! LAs mujeres en la cadena de montaje ,aclaro, el trabajo es bastante inferior que el del hombre y se la procura en cuidarla en no dañar partes del cuerpo físicas y en pesos todo ello conllevada a unas rotaciones para ese cuidado . y el salario es igual al del hombre con lo que me parece correcto. No tenemos interés de tener hijos, ya comenté a Canela intenciones de momento de afrontar las letras del mes ,por la incompatibilidad al mismo tiempo de atender al bebé. Después al transcurso del tiempo ya se verá. Pues eso os doy la razón ,y que sigo interesado en este tema ,y es que mis papas y abuelos han sido educados como lo que ahora soy .Los papa´s se han preocupado de las tareas conocidas que desarrolla más o menos el hombre, y la mujer ha hecho lo de siempre el cuidado del bebé y por cierto aún habiendo sido como os lo estoy contando, soy tan educado y sé guardar formas tanto o igual que ustedes cuando toca, y en la calle soy deportista y amigo del barrio. Ala agacho la cabeza ...ya veremos...en adelante si arreglo algo. Y ..perdón, seguiré aportando cosas.
No te preocupes, no creo que nadie haya puesto en duda tu educación.... Supongo que es dificil de explicar, pero te aseguro que tener un hijo te cambia muchas cosas en la cabeza (bueno, algunos/as la tienen tan dura, que no, no les cambia nada, pero no creo que sea tu caso...) Lo que, al menos yo, queria darte a entender es que aunque hoy te parezca imposible saber si se acaban o no los pañales, o verte a ti mismo haciendote cargo de un bebé y todas sus necesidades, la cosa cambia cuando te encuentras con que "el bebé" es "tu bebé", y no cambia por el hecho de que estes "obligado/a" a hacer esas cosas... es que realmente "quieres" hacerlas... En cuanto al tema original: solo sé que las medidas que teoricamente existen hoy en dia, son tanto para hombres como para mujeres (salvo la baja de maternidad: es obligatorio que la mujer se coja 8 semanas, el resto se puede repartir entre los dos, o al menos era asi hace un año y medio), pero el resto: desde la hora de lactancia, hasta la excedencia, incluyendo la reducción de jornada y la adaptación de horarios, son (teoricamente) iguales para los padres y las madres... o seaaaa...... igual de dificiles de conseguir sin que te crucifiquen desde ese dia y se acaben tus expectativas de mejora en esa empresa... mira tu, en eso si hay igualdad!!!! Luego, creo que en ciertas comunidades autonomas, como Castilla y Leon hay excedencias con algo de remuneración, y cosas mas especificas.... pero poco mas...
Hablando de educación...conozco un caso de un impotante centro comercial , una chica servía en él y cogió la baja, creo que fué por escoliosis y debido a esa enfermedad estubo una temporada de baja recibiendo una grave presión del jefe de su departamento para su vuelta al trabajo en lo más acelerada posible . La jóven algún día fue al centro sí, pero a la vez tenía tramitada una cita para próxima operación, al enterarse su jefe de su pr´xima ausencia, éste a sus demás señoritas de su departamento aconsejaba que se cortara la relación de cuaquier tipo de trato con la enferma desde ese momento. Todas cayeron en el error del desprecio a las que aconsejaban a seguir. Mas a ella le estaba amargando el momento que la estaba tocando vivir... Quiero decir que en esta vida....parecemos.. somos tod@s muy majos ..pero cuando alguien nos toca la oreja....se vaya detrás del sinvergüenza ¿por ?Intento decir sobre mi caso de pareceres...se puede tener un camino marcado y seguirlo ...se puede equivocarse ...pero si insistes en ese camino...ahí nos encontraremos. Ese camino tiene nombre "Leal". Mi compañera sabía de antes como era..como soy..bajo mis ideas se siente comoda . PD:-Este mensaje os parecerá... que desvío el tema que nos ocupa pero si lo deshibanais...dice cosas.
Navarra Ayudas económicas por parto múltiple http://www.navarra.es/home_es/Catal...al+Deporte+y+Juventud/2002A07ayecopartmul.htm Ayudas para favorecer la inserción laboral de mujeres y la conciliación de la vida laboral y familiar http://www.navarra.es/home_es/Catal...ogia+Comercio+y+Trabajo/2002A10MujeresAyB.htm Ayudas a familias por excedencia http://www.navarra.es/home_es/Catal...+Social+Deporte+y+Juventud/2004A07AyExced.htm Ayudas a familias con cuatro o más hijos http://www.navarra.es/home_es/Catal...r+Social+Deporte+y+Juventud/2003A07Ayfam4.htm ESPAÑA Prestaciones familiares por hijo a cargo http://www.administracion.es/portadas/index.html inicio ciudadano familia nacimiento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Consiste en el reconocimiento de las asignaciones económicas por hijo a cargo. · ¿QUÉ CLASES DE PRESTACIONES SE CONCEDEN PARA LA PROTECCIÓN FAMILIAR? · ¿CÓMO SE GESTIONA Y DÓNDE DIRIGIRSE? · REQUISITOS · DATOS REQUERIDOS PARA INICIAR LA TRAMITACIÓN · ¿QUÉ DOCUMENTOS SE DEBEN ACOMPAÑAR? · OTRA INFORMACIÓN · MODELOS DE SOLICITUD [ subir ] ¿QUÉ CLASES DE PRESTACIONES SE CONCEDEN PARA LA PROTECCIÓN FAMILIAR? 1.- Prestaciones familiares por hijo a cargo. 2.- Prestación económica por nacimiento de tercer o sucesivos hijos. 3.- Prestación económica por parto múltiple. 1.- PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO a) Una asignación económica por cada hijo a cargo del beneficiario, menor de 18 años o, si es mayor, afectado por minusvalía en un grado igual o superior al 65%. Se concede en la modalidad contributiva y no contributiva. b) La consideración, como periodo de cotización efectiva, del primer año con reserva de puesto de trabajo del periodo de excedencia que los trabajadores disfruten en razón del cuidado de cada hijo. Sólo se reconoce en la modalidad contributiva. ¿QUIÉNES SON BENEFICIARIOS DE LA ASIGNACIÓN ECONÓMICA? Tendrán derecho a la asignación económica por hijo a cargo en su modalidad contributiva: - Los trabajadores incluidos en el campo de aplicación del Sistema de la Seguridad Social, siempre que estén afiliados y en alta o situación asimilada al alta. - Los perceptores de pensiones contributivas, así como los perceptores de subsidios y de la prestación contributiva o nivel asistencial por desempleo. - Los trabajadores sujetos a legislación española, cualquiera que sea su nacionalidad, que desarrollen su actividad laboral en otro país (trabajadores desplazados). - Serán también beneficiarios de la asignación que en razón de ellos hubiera podido corresponder a sus padres, los huérfanos de padre y madre y los abandonados, se encuentren o no en régimen de acogimiento familiar. Tendrán derecho a la asignación económica por hijo a cargo en su modalidad no contributiva: - Los españoles y los extranjeros que residan legalmente en territorio español. - Los huérfanos de padre y madre y los abandonados por sus padres, se encuentren o no en régimen de acogimiento familiar. - Los apátridas con tarjeta de reconocimiento de apátrida que les habilita para residir en España. ¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN? Las cuantías de las asignaciones familiares serán las siguientes: a) Por hijos a cargo menores de 18 años: - 291,00 euros al año, en los casos de hijo a cargo no minusválido. - 581,66 euros al año, cuando el hijo tenga la condición de minusválido en un grado igual o superior al 33%. b) Por hijos a cargo mayores de 18 años minusválidos: - 3.217,08 euros/año, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100. - 4.825,68 euros/año, con un grado de minusvalía igual o superior al 75 por 100 y necesitado de otra persona para la realización de los actos esenciales de su vida. 2. PRESTACIÓN ECONÓMICA POR NACIMIENTO DE TERCER O SUCESIVOS HIJOS Es una prestación económica de pago único que se concede, con motivo del nacimiento de un nuevo hijo, a las familias que tengan dos o más hijos. ¿QUIÉNES SON BENEFICIARIOS DE ESTA PRESTACIÓN? a) En la modalidad contributiva: - Los trabajadores que estén comprendidos en el campo de aplicación del Sistema de la Seguridad Social, los perceptores de pensiones contributivas, de subsidios , así como de la prestación contributiva o nivel asistencial por desempleo, cualquiera que sea su nacionalidad, que residan legalmente en España. - Los trabajadores sujetos a legislación española, cualquiera que sea su nacionalidad, que desarrollen su actividad en otro país como trabajadores destacados/desplazados. b) En la modalidad no contributiva: - Los españoles y extranjeros que residan legalmente en España. - Los apátridas con tarjeta acreditativa. En ambas modalidades, es necesario que los ingresos percibidos por el beneficiario no superen la cuantía que, en cada momento, esté establecida para ser beneficiario de la asignación económica por hijo a cargo no minusválido. ¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN? La prestación económica consistirá en un pago único de 450,76 euros por cada hijo nacido a partir del tercero, éste incluido. 3.- PRESTACIÓN ECONÓMICA POR PARTO MÚLTIPLE Es una prestación económica de pago único que se concede, con motivo del nacimiento, por parto múltiple, de dos o más hijos. ¿QUIÉNES SON BENEFICIARIOS DE ESTA PRESTACIÓN? En la modalidad contributiva y no contributiva, los mismos que para la prestación económica por nacimiento de tercer o sucesivos hijos, si bien el reconocimiento y percibo de la misma no quedará supeditado a los ingresos de los beneficiarios. ¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN? La cuantía de la prestación será un pago único: - Si el número de hijos nacidos es igual a 2, la cuantía será de 4 veces el importe mensual del salario mínimo interprofesional: 1.842,00 euros. - Si el número de hijos nacidos es igual a 3, la cuantía será de 8 veces el importe mensual del salario mínimo interprofesional: 3.684,00 euros. - Si el número de hijos nacidos es igual a 4 y más, la cuantía será de 12 veces el importe mensual del salario mínimo interprofesional: 5.526,00 euros.
De este modo, abarcamos a todo el universo empresarial y en todas las empresas deberá haber o medidas o planes -comentó tras un encuentro con los responsables sindicales-. Cuatro años después de la vigencia de la Ley analizaremos el resultado de los planes de igualdad. Si se ha avanzado, mantendremos los criterios legales pero si no ha habido avances habría que hacer modificaciones legales más imperativas". A juicio del titular de Trabajo, el texto "ha mejorado y mucho" porque es "un texto para la igualdad de las ciudadanos que viven en España, para el reconocimiento de sus derechos, para la garantía de igual trabajo, igual salario y para la promoción profesional de la mujer. "Todo ello lo conseguiremos a través de la negociación obligatoria de planes de igualdad en las empresas de más de 250 trabajadores y medidas de igualdad en las de menos dimensión", añadió. para el padre El Ejecutivo accedió a flexibilizar el permiso de paternidad, que será de ocho días o 18 de forma fraccionada, ya que finalmente lo separa del permiso de dos días por nacimiento para que el padre pueda disfrutar del mismo a lo largo de toda la baja maternal. También se reconoce a trabajadores autónomos y padres adoptivos y se amplía en dos días por cada hijo en caso de parto múltiple. Por otro lado, se amplía el permiso de maternidad en dos semanas en caso de hijo discapacitado, para disfrute indistintamente del padre o la madre. >efe Pd:recogido de las noticias de ayer.